jueves, 5 de diciembre de 2013

PREGUNTAS MAS FRECUENTES

RENEWABLE MARRIAGE
MARIAGE RENOUVELABLES
MATRIMONIO RINNOVABILI              F.A.Q.
CASAMENTO RENOVÁVEL
ERNEUERBAREN EHE
HERNIEUWBARE HUWELIJK
FÖRNYBAR ÄKTENSKAP
возобновляемые брак



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UN NUEVO PARADIGMA DE FAMILIA: MODELO REIRIZ


Sirva como introducción a la materia las siguientes reflexiones desde niveles profundos de conciencia: ¿cómo entender el matrimonio en el científico y tecnológico siglo XXI?, ¿sacramento de "Dios" o antigua regulación jurídica de los hombres que necesita ser revisada?, ¿antropología cultural o simple teología inventada?, ¿origen "divino" de la institución u origen meramente humano?, ¿patriarcado o matriarcado?, ¿visión masculinista o visión feminista al uso?, ¿interés del individuo o interés político-religioso del Estado?, ¿economía o sólo afectos?, ¿por qué no cuestionamos la "forma del matrimonio" y sí, en cambio, la "forma del Estado" (si es centralista o no, si conviene República o Monarquía)? Respóndanse ustedes mismos y debatan en su fuero interno, en su intimidad como personas. Son los únicos jueces de sus propias creencias. Ahora abordemos el Modelo Reiriz de Contrato Matrimonial Renovable Bianualmente como un nuevo paradigma de familia.



1.- ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE CONTRATO MARITAL RENOVABLE?

El matrimonio es la unión legal de un hombre y una mujer a través de un contrato entendiendo como tal el compromiso sentimental adquirido a través de un documento. No obstante, la posibilidad de renovar periódicamente ese contrato nunca había sido planteada en nuestra cultura hasta la aplicación de este modelo en 1.998 (perfeccionado en 2012). Este nuevo paradigma de familia introduce un cambio significativo en el modelo clásico de convivencia, pues el contrato al que nos referimos ofrecería la posibilidad a los contrayentes de revisarlo transcurrido un tiempo (exactamente dos años), y decidir si renovarlo o no ante notario, todo ello dependiendo de su particular situación afectiva.


2.- ¿QUÉ ENTENDERÍAMOS POR “RENOVAR” Y CUÁL ES LA RAZÓN DE SER DE ESTE CONTRATO?

“Renovar” significa reafirmar el compromiso con la persona, con la relación, y sanear nuestras emociones. Este modelo, con valor jurídico y terapéutico, persigue los beneficios emocionales en la vida de la pareja. Consta de diez reglas sencillas para potenciar la tolerancia, el respeto y la comunicación abierta; además de unas cláusulas adicionales que pueden ser o no modificadas a lo largo del tiempo. Su filosofía se sustenta en los siguientes principios básicos:

            A)        En las relaciones humanas no existen dogmas. La naturaleza psicológica individual puede evolucionar de forma que los afectos puedan ser mutables con el tiempo: “hasta que la muerte sentimental os separe”.

            B)    Se debe potenciar el “estado emocional” de la pareja más que la búsqueda obsesiva del “estado civil” y la aprobación social del mismo por tradición.

C)   La soberanía del amor reside en la pareja. Cada persona es arquitecto de la relación en común que desea construir con el otro.

                              La pareja debe crecer junta fortaleciendo el "árbol de su amor".
             Permanecer enredados en el lazo de la pasión, una de las bases fundamentales.


3.- ¿QUÉ VENTAJAS SUPONE PARA LOS CONTRAYENTES ESTE CONTRATO?

Véase en este blog el apartado: “ventajas psicológicas y jurídicas del contrato matrimonial renovable por dos años”.

4.- AL FINALIZAR EL CONTRATO, ¿QUIÉN DECIDE QUE SE RENUEVA Y QUÉ CONDICIONES SE HAN DE CUMPLIR?

El balance de la relación a los dos años debe de ser positivo, para que la pareja renueve su situación afectiva, pues de lo que se trata es de no perder el vínculo sentimental, la empatía. Si ambos deciden, tras evaluarse mutuamente, prorrogar su relación, comunican este hecho de voluntad. El notario (escribano) daría fe pública de ello, y el acto de renovación se traduciría en una confirmación de que continúan existiendo sentimientos positivos con el transcurso del tiempo. La pareja sencillamente continúa cumpliendo sus reglas de convivencia establecidas, y cada dos años está obligada a “chequearse emocionalmente” (el documento que da soporte al Modelo Reiriz consta de varios folios que requieren ser examinados por las partes involucradas).


Cada dos años la pareja está obligada a "chequearse emocionalmente", para evaluar el estado de su relación y abordar  "a tiempo" los posibles conflictos que pudiesen surgir.


5.- ¿ES ÉSTA LA MEJOR FORMA DE LLEVAR UNA RELACIÓN?

Nos atrevemos a decir que asumiendo con responsabilidad los acuerdos rubricados, es la mejor forma de hacer sostenible una vida en común. Es importante considerar que una cosa es creer en el matrimonio como “institución social”, y otra bien distinta es concebir el matrimonio como la asociación sentimental entre dos personas, cuya convivencia es reglamentada por ambas. Esta nueva visión del matrimonio, con la posibilidad de “renovación / no renovación” del contrato, le da una mayor riqueza emocional, pues permite la autorregulación de la pareja, y obliga a invertir en las relaciones en el sentido de entrega personal, detectando a tiempo los posibles problemas que puedan ser potencialmente amenazadores para el futuro de la relación. Trata de ser un modelo preventivo del fracaso matrimonial, precisamente porque esa mutua evaluación conduce a intentar solucionar los problemas sobre la marcha, siempre que las personas sean suficientemente maduras.



                        LLegar a la vejez bajo condiciones de revisión es posible y positivo.
                        

6.- ¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS DE ESTE MODELO PARA LOS HIJOS?

El modelo es sumamente beneficioso tanto para la relación paterno-filial como la conyugal, dado que al fomentarse la buena comunicación en la pareja se transmite a los hijos este buen hábito así como conductas saludables en el ámbito familiar, generando un concepto de hogar equilibrado, presidido por el diálogo y evitando las confrontaciones. Por esta razón de peso se contribuye claramente a crear un ambiente familiar más sano para el menor. A todo lo dicho hay que considerar que conforme a la Constitución Española los hijos son iguales ante la Ley con independencia de su naturaleza, conyugal o extraconyugal.
            El amparo económico para la atención de las necesidades de los hijos queda garantizado a conciencia de los contrayentes, por el establecimiento de pactos previos del porcentaje de ingresos de los cónyuges destinado a tal fin, así como por la posible estipulación del establecimiento de un fondo alimenticio, reservado al ahorro en beneficio de los hijos.


7.- ¿QUÉ SUCEDERÍA ENTONCES CON LA FIGURA DEL DIVORCIO EN LA CONCEPCIÓN DE ESTE MODELO?

La ventaja aportada cuando se concibió en 1.998 reside en que cuando los problemas resultan irresolubles y acaban destruyendo el matrimonio, la pareja tiene la opción de disolverse sin necesidad de recurrir a la complicada figura jurídica del divorcio tan conocida en nuestra cultura. Sin pretender abrir una fisura en las creencias particulares de cada persona, hay que reflexionar que el matrimonio no viene de Dios, pues es uno mismo quien escoge libremente a la pareja, con la posibilidad de equivocarse en la elección. Si no fuese así, lógicamente todo el mundo estaría viviendo feliz con la persona adecuada, porque tendría dicha “garantía divina”. Desgraciadamente, los seres humanos no conseguimos esa clase de seguridades supremas acerca de nuestras elecciones amorosas, ni  siquiera sobre cualquier otra opción en la vida diaria concerniente a los diferentes ámbitos de la existencia.

El camino de la vida matrimonial muchas veces no suele ser fácil y ancho. Al contrario, puede resultar estrecho y tortuoso. Plantea muchos desafíos.


8.- ¿CÓMO SE LES OCURRIÓ CONCEBIR ESTA ALTERNATIVA MATRIMONIAL?

Sólo hay que pensar en que la institución matrimonial, tal y como la veníamos conociendo, está naufragando ante nuestros ojos. Cada año se incrementan el número de rupturas matrimoniales, una tendencia que sigue un curso evolutivo desfavorable en toda la sociedad occidental. Como dato significativo, por cada diez parejas que contrajeron matrimonio en 1.997 en España, otras cuatro se divorciaron. En nuestro país la duración media de los matrimonios es de 15 años. La infidelidad, pérdida de respeto y los malos tratos aparecen como las causas principales de la disolución matrimonial, pero lo cierto en estos casos es que la pareja muy posiblemente ya había perdido la conexión sentimental que les vinculaba, y su matrimonio había caducado tiempo atrás sin que fuesen conscientes, existiendo exclusivamente unas señales de alerta traducidas en los referidos malos tratos y pérdida de respeto. Esto demuestra que en verdad, en relaciones humanas no existen dogmas, por sí solas no funcionan, y su éxito depende de un continuo esfuerzo personal y trabajar en complicidad. Una relación matrimonial sólo podrá ser satisfactoria si la pareja se entrega mutuamente el amor que necesita, es compatible y se compromete a caminar en la vida en la misma dirección. Es por todo ello que la capacitación para la vida en pareja requiere aceptar diferentes maneras de construir un estilo de vida en común, de compartir la toma de decisiones y de asumir ambos miembros la responsabilidad de los resultados en igualdad. Hay que ser constructivo y trabajar por la integridad de la relación.
  
Afrontando la vida con un mismo rostro. Un frente común sin fisuras.
En España la duración media de los matrimonios es de 15 años. Uno de cada siete matrimonios se rompe antes del quinto aniversario. En España se registran 290 rupturas diarias y el coste medio de un enlace es de 16.534 euros. Tanta inversión económica en el enlace nupcial... ¿para qué?. A la vista de los datos, casarse no es un acto definitivo. La "institución matrimonial", sustentada por los mitos, ha devenido en fracaso.

Un total de 79 parejas de A Coruña se divorcian antes de celebrar su segundo aniversario... (La Opinión de A Coruña, página 29, 10 de junio de 2015).


9.- ¿CREEN USTEDES ENTONCES QUE EL AMOR – SI ES QUE ES LO QUE MANTIENE A UNA PAREJA UNIDA- NO PUEDE SER ETERNO?

La realidad social del matrimonio concretamente en nuestro país (España), es que en el presente existen más de dos millones de personas divorciadas, desde que en 1.981 se aprobó la “Ley del Divorcio” (posiblemente se incrementaría esta cifra si hubiese continuado hasta hoy vigente la del año 1.932). Todo este “ejército” de personas fracasadas en su vida matrimonial, al que hay que añadir el enorme contingente de parejas de hecho también disueltas, ha sido víctima del mito del “amor para toda la vida”. Esta creencia, muy arraigada en nuestra sociedad, y que ha embaucado a mucha gente que la ha sostenido ciegamente desde un principio en sus relaciones, necesita ser sometida a debate desde niveles profundos de conciencia. Esto sólo será posible en un foro libre de hipocresías y miedos, que nos permita examinar nuestra herencia cultural judeocristiana y el patrimonio literario que ha fomentado tal mito. Si nos atenemos a la afirmación de que “el amor es para toda la vida”, y la sometemos a un simple análisis lingüístico haciendo hincapié en el verbo ”ser”, observamos que se trata de una sentencia imperativa, rígida y dogmática. Implica en sí misma inercia. Veámoslo de otro modo más racional: “sería bueno que el amor fuese para toda la vida”. Observamos que se trata de una afirmación desiderativa, es decir, con ello estamos expresando un deseo de continuidad con nuestra pareja, lo cual ya implica un esfuerzo para conseguirlo. Para entender ésto hay que considerar, por encima de todo, que el amor no es otra cosa que un intercambio complejo de conductas gratificantes en sus dimensiones motoras, cognitivas y emocionales. Por ello puede afirmarse, desde un punto de vista meramente psicológico, que si la tasa de intercambios reforzantes sufre un decremento a lo largo del tiempo, el amor de pareja va a entrar irremediablemente en crisis. 


                                    Se plantea el gran desafío de sobrevivir en el tiempo.


10.- ¿QUÉ FUTURO CREEN USTEDES QUE TENDRÁ SU CONTRATO?

En un programa televisivo llegaron a definirlo como “el matrimonio del tercer milenio”. Pero sólo el tiempo lo dirá. No obstante queremos reseñar que nuestra Constitución Española de 1.978, una de las más avanzadas del mundo, ya dice en su artículo 32.2 que “La ley regulará las formas de matrimonio”. Fíjese el lector que está hablando en plural al decir “formas”, lo cual a libre interpretación, se antoja premonitoria de esta innovación social que presentamos. Pues bien, ésta puede ajustarse a lo expresado en nuestra Carta Magna. ¿O acaso no? Prueba de ello es la reforma legal que aún debe pasar el trámite parlamentario para modificar las funciones de los notarios, singularmente en su potestad para celebrar bodas. La filosofía social del Modelo Reiriz o reirizismo encaja perfectamente con la Ley de Russell, que establece que la resistencia a nuevas ideas crece en relación directa con el cuadrado de su importancia. Es esa la razón que provocó en 1998 la polémica en España sobre esta concepción de matrimonio, por muchas que sean las razones en favor de su aplicación. Como dijo el filósofo alemán Goethe: En las ciencias, si alguien adelanta algo nuevo, la sociedad en un principio se resiste con todas sus fuerzas. Hablan de la nueva visión con desprecio, como si no valiera la pena investigarla, y así es como una verdad nueva puede tardar mucho tiempo en abrirse camino. Estamos plenamente seguros, sin embargo, de que el Modelo Reiriz cuando penetre adecuadamente en las mentes pensantes, una vez alcanzada una masa crítica, producirá un enorme efecto sobre la sociedad y provocará una auténtica revolución marital a lo largo del siglo XXI (*). Prueba de ello, son los que pretenden imitarlo apócrifamente en otras naciones, como sucede con todas las nociones susceptibles de ser pirateadas.



(*) Muy recientemente (31 de julio de 2014), el Centro Reina Sofía sobre Adolescencia y Juventud se hacía eco de un reportaje publicado por la periodista Jessica Bennett (Time, 25 de julio de 2014), acerca de la opinión de la juventud estadounidense sobre este nuevo estilo de convivencia conyugal:

http://adolescenciayjuventud.org/es/blogs/en-la-red/item/jovenes-y-matrimonio


11.- ¿ALGÚN ASPECTO INTERESANTE QUE DESEEN AÑADIR?

En efecto, deseamos enfatizar, que dentro de las libres opciones que cualquier ser humano dispone para regular su vida marital, opinamos que nuestro modelo puede ser útil como eficaz instrumento para establecer una convivencia terapéutica,  pero además constituye “un detector precoz de incompatibilidades”, dado que si alguno de los contrayentes mostrase reticencias a suscribirlo, es un indicativo, desde los comienzos, de que existe algo más que una seria discrepancia que debería hacer reflexionar acerca de si es acertada o no dicha unión.

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* 12.- ¿QUÉ PERSONAS SON APTAS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO MATRIMONIAL?

              (Abril-2014)

En las últimas semanas numerosos lectores que han consultado nuestro blog informativo, por diversas razones de su vida privada, nos han formulado de distintas maneras esta pregunta en el e-mail (véase el apartado o entrada FORMA DE CONTACTO), intentando expresar la misma preocupación o dudas, motivo por el cual hemos decidido incorporarla aquí con el objetivo de orientar a otras personas con similares vivencias.

En primer lugar, diremos que no nos gusta pontificar sobre relaciones en particular (procuramos evitar el referido término en cursiva con connotación eclesiástica), y menos sin disponer de  todos los datos al alcance. En líneas generales, si consideramos por definición que una relación de pareja concierne a DOS personas, opinamos que la responsabilidad de que no existan interferencias desestabilizadoras es competencia de ambas. Lo contrario, convertiría en indigna dicha relación y moralmente la invalidaría.
Cuando lo que se plantea es una cuestión de inhibición y bloqueo emocional (traumas, conflictos no resueltos en la infancia, etc) que afecta a uno de los miembros, y que repercute en la marcha de la relación derivándola a un estado paralizante, lo que es desaconsejable es llegar a un compromiso mayor, es decir, a una unión matrimonial. En nuestra opinión, la situación requiere en primera instancia una psicoterapia adecuada que lo rehabilite. Una vez solventado el conflicto, son ustedes mismos los que deciden si ambos son aptos para la unión que pretenden. Nosotros nunca decidimos la idoneidad de las personas, si bien manifestamos que la incapacidad para expresar sentimientos y satisfacer necesidades específicas (no nos referimos a la alexitimia, que constituye un tema diferente) representa un problema que puede derivar en frustración crónica para la persona demandante de afecto y atenciones. Es necesaria una intervención terapéutica lo antes posible. Déjense de libros de autoayuda y atajen por el camino correcto poniéndose en manos de un profesional de su confianza. Las diferencias de género son asumibles en cualquier tipo de relación, lo que no es digno es claudicar ante una situación como la descrita. LLegar a una unión matrimonial en esas circunstancias se traduciría en un maridaje disfuncional con fricciones y forcejeos emocionales, por un desequilibrio en el intercambio afectivo (no existe en realidad la reciprocidad suficiente que exige una relación sana). Abra los ojos e intente ver la poca consistencia de su relación en esas condiciones y lo anulado que se sentiría dentro de ella.

                                          ¿Importa más la tecnología que el sexo?
      El mal uso de las nuevas tecnologías puede levantar barreras en el seno de la pareja.
         No es beneficioso resignar la sexualidad. Las nuevas tecnologías tienen un límite.

La otra cuestión de fondo, desgraciadamente, se está convirtiendo en epidemia social casi a escala planetaria. Tiene que ver con el uso excesivo e indebido de las nuevas tecnologías, causa de que muchas relaciones se vengan abajo porque uno de sus miembros o ambos encuentran en ellas el absurdo refugio donde resignar su sexualidad y su afectividad, por varios motivos que en cualquier caso pervierten la verdadera naturaleza sociable del ser humano. Desde luego, habiendo levantado tal muralla entre ambos, sobra decir que no son aptas para una convivencia matrimonial como la que planteamos (reirizismo), pues se han transformado casi en autistas funcionales. Antes de nada les conviene examinarse a sí mismos y redefinirse. Necesitan urgentemente una apertura al diálogo para reconducir la situación, antes de que la relación se precipite por el abismo. Una cosa es estar comprometido en la vida real y otra bien distinta, en su imaginación. No hay peor enfermo que el que no reconoce su estado. Estas personas tan enganchadas a las nuevas tecnologías (infomanía) interactúan en mayor grado con elementos no humanos, facilitando la desconexión emocional en el seno de la pareja. Y no se debe pasar por alto que la fascinación tecnológica puede alterar la vida conyugal. Necesitan volver a ser amantes y sentirse cautivados el uno por el otro como parte del proceso curativo.

                            ¿Sexo sin contacto físico?, ¿cómo se entiende así una "relación"?

Considerando la sexualidad como uno de los pilares fundamentales de una relación, hay cuestiones excepcionales que plantean conflictos. Es el caso de una mujer que practica el Asaj ("sin coito ni orgasmo"), que puede clasificarse como una forma de sexo no ordinario, si es que es correcto aplicarle tal calificativo. Si usted "establece" una forma de sexualidad atípica sin ser consciente de las necesidades reales de su pareja, va a tener que afrontar un serio problema. En el caso del Asaj seremos francos al comunicarle nuestra opinión de que está usted sometiendo a su pareja masculina a un estado de indigencia sexual. ¿Qué clase de sexo es aquél en el que no existe contacto físico?, ¿dónde se encuentra la satisfacción?. Si ustedes pese a todo, están pensando en contraer matrimonio, por muy enamorados que estén el uno del otro, dudo mucho que su relación se prolongue demasiado en el tiempo con este punto de partida problemático. Sinceramente pienso que debería suspender su planificación nupcial, ya que se percibe a las claras que está usted viviendo en un estado de asexualidad que tal vez encubre una verdadera aversión al sexo. Necesita tratamiento que la rehabilite como mujer en todas sus funciones. No obstante, si lo desea, solicite otra opinión a un profesional que se moje en la respuesta sin rodeos. Piense en usted y en el bienestar de su novio, ansioso por el hallazgo de una solución que les permita disfrutar juntos. Es de justicia.

                        Asegúrese de que está con la pareja adecuada antes de firmar nada.

Nos escribe otro lector de nuestro blog informativo, expresando lo muy enamorado que está de su pareja, pero a la vez manifestando que se encuentra insatisfecho por la conducta de su novia, pues ésta pretende imponerle un estilo de vida de acuerdo a las preferencias de ella. Le diría que antes de pasar a un compromiso a mayores, ambos examinasen su compatibilidad / incompatibilidad (para determinar hasta que punto encajan, cuestión que tienen que valorar ustedes mismos). Concretamente usted necesita sentirse apreciado incondicionalmente por su pareja. Si siente que no le acepta tal y como es, y ambos no son capaces de consensuar un proyecto de vida en común, le recomendaría abstenerse de la relación que mantiene, pues no es posible que trasciendan como pareja. Recuerde que su novia también necesita un hombre que comparta con ella los mismos enfoques. En cuanto usted, repítase con energía cada mañana al levantarse y cada noche antes de acostarse, como si se tratase de una oración, el siguiente propósito: Quiero vivir, quiero gozar y perseguir a todas las gallinas del corral (échele humor sin inquietarse por lo que piensen los demás). Malo será que no encuentre a otra mujer que lo sea todo para usted y viceversa, y con la que pueda formalizar una unión como la que planteamos. Muchas personas se encuentran en el mismo camino, pero no se comprenden lo suficiente. Con esta indicación pretendo una aplicación relámpago, cuyo destello le haga ver la realidad de su situación.

                              ¿Reconciliación o no reconciliación? Depende de ustedes.

Finalmente, si usted ha superado una crisis motivada por una incidencia que le ha dañado emocionalmente, asegúrese bien de que la reconciliación sea genuina. Si ha aceptado unas meras disculpas, lamento comunicarle que quien hace un cesto hace cien (viejo proverbio castellano que nos previene de la reincidencia). Decir lo siento requiere un acto demostrativo, sino sólo es una declaración gratuita. Si las cosas no resultan de otro modo, la relación no compensa y esa persona, obviamente, no es apta para usted en concreto. Ese tipo de disculpa pobre (lo siento) son palabras que no sirven para nada, de recurso fácil que utiliza cualquiera en las mismas circunstancias para salir del paso, pero que si a corto plazo no van acompañadas de otros hechos convincentes, de una conciencia real reparadora, no llevan a ninguna parte. Resulta muy fácil justificarnos a nosotros mismos cuando nos situamos en una línea negacionista de nuestras faltas. Recuperar credibilidad requiere esfuerzos en una crisis de confianza. Para ello tiene que existir un verdadero sentimiento de amor y respeto con raíces profundas. De lo contrario, un nuevo comienzo partiendo de cero es inviable. Sería engañarse a uno mismo y a la otra parte afectada, recayendo más tarde o más temprano en el mismo problema con riesgo de cronificación. El propósito de enmienda exige ir acompañado de la voluntad de querer identificar los errores y asumir la parte de responsabilidad que nos corresponde, dejando egos a un lado.

Sin pretender extendernos más en la cuestión que nos ha sido planteada desde distintas perspectivas, permítanos recalcarles que hay que tener concepto de las cosas y objetivos claros en la vida. Únicamente ustedes deciden lo que les conviene, sabiendo el lugar que ocupan y conociendo cuál es su proyecto de vida.